Una de las inspecciones más temidas en salud
Todo laboratorio clínico, sin importar si es una pequeña toma de muestras o un laboratorio de alta especialidad, genera Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (RPBI). El marco legal mexicano está regulado de forma conjunta por la Secretaría de Salud y SEMARNAT a través de la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002.
No contar con una adecuada clasificación, contratos vigentes con empresas recolectoras autorizadas o bitácoras de generación al día puede derivar en la clausura preventiva del establecimiento.
Clasificación y Envasado según la NOM-087
El primer error recurrente es mezclar residuos municipales con RPBI, lo cual multiplica exponencialmente los costos de recolección:
- Sangre líquida y sus componentes: Envasado en recipientes herméticos de color rojo.
- Cultivos y cepas de agentes infecciosos: Bolsas de polietileno de color rojo impermeables.
- Patológicos (tejidos, órganos, biopsias): Recipientes herméticos amarillos (para líquidos) o bolsas amarillas (para sólidos).
- Objetos punzocortantes (agujas, lancetas, bisturís, tubos capilares): Recipientes rígidos de polipropileno rojo con separador de agujas, llenados máximo al 80% de su capacidad.
Bitácoras obligatorias y trazabilidad
La autoridad sanitaria exige llevar una bitácora mensual foliada donde se consigne:
- Fecha de generación y peso exacto en kilogramos de cada tipo de residuo.
- Fecha de recolección y número de manifiesto de entrega-transporte.
- Nombre y número de registro ambiental de la empresa transportista autorizada por SEMARNAT.
Digitalizar el control de reactivos y tomas en tu sistema permite contrastar el volumen de pacientes atendidos con la generación estimada de RPBI, evitando discrepancias en auditorías oficiales.
